Servicio comunitario
diciembre 8, 2010 a las 4:12 pm | Escrito en Uncategorized | 3 comentarios¿Cuál debería ser la sanción para un hombre que tiene una primera denuncia por pegarle a su mujer?
a) Un mes de cárcel al desgraciado.
b) 2 semanas colaborando en una guardería comunitaria, en labores de cocina y limpieza.
c) Ninguna, “algo” habrá hecho la mujer para que se la suenen.
¿Cuál debería ser la sanción para un tipo que saca la basura de su casa, fuera del horario de recolección de basura?
a) Al menos 3 días de cárcel, por cochino. Encima la saca y la deja afuera de MI casa.
b) 8 horas colaborando en un carro de Puerto Limpio.
c) ¿Qué, hay horario de recolección de basura?
Yo creo que en este país debería implementarse el servicio comunitario como sanción a cierto tipo de contravenciones. El servicio comunitario no es sólo un método punitivo, es también una forma de que el acusado tome conciencia de la gravedad de sus actos (cosa que jamás lograría “reflexionando” mientras está detenido). Adicionalmente, se evita el problema de hacinamiento en las cárceles y que un tipo que va a la cárcel por un delito menor sea vejado.
¿Ustedes creen que si una persona pasa 8 horas trabajando en un camión de basura, volverá a arrojar siquiera una tapa de (suspendida) Pilsener a la calle?
Del que le pega a la mujer no sé, pero la tarea de cocina y aseo no es para humillarlo, sino para que aprenda a valor el trabajo tradicionalmente asignado a la mujer (puse “tradicionalmente asignado” por ser políticamente correcta, en el 95% de los hogares ecuatorianos es la mujer la que cocina o la encargada de la cocina, pero no quiero que me manden a hacer servicios comuntarios por machista).
Esto también contribuiría a que los agraviados denuncien, ya que no les daría “pena” que el acusado vaya a la cárcel.
El SRI implementó unas horas de servicio para personas que no habían cumplido con reglamentos del SRI. Los pararon en una esquina a repartir propaganda. Eso está bien, está muy bien. Y debería implementarse para muchos negocios pequeños, que no perjudican enormemente al fisco si evaden impuestos.
- “A ver señor dueño de la tienda de modas Doña Guachita. Usted vende camisetas y no entrega facturas. No le clausuro el negocio porque es su primera infracción, no lo voy a dejar sin fuente de ingresos. Deberá hacer 20 horas de servicio al SRI.” Y listo. Que reparta propaganda, que asista a alguna charla, que pinte paredes. ¡Que sea castigado por su delito y que colabore con la comunidad! Ese debería ser el fin último de sancionar a personas que sin llegar a ser delincuentes, afectan al normal desempeño de la sociedad.
No se me ocurren más casos de “reemplazo de condena”, pero debería haber más.
Sus sugerencias, amable lector.
3 comentarios »
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Servicio comunitario… nada nuevo en mi esquina jajajajaaja (old times)
http://www.youtube.com/watch?v=I98DH9yws3Y
http://www.youtube.com/watch?v=o0Z29yJXILo
Comment by CD— diciembre 8, 2010 #
Bueno aqui en Perú, el acusado probablemente no cumpla con la sanción de trabajo comunitario, “arreglando” el asunto con dinero. Sobre el pegar a una mujer -o viceversa- tendría que ser más drástico que el simple hecho de las labores del hogar que desde mi punto de vista las comparto con mi señora y muchas veces me relaja más bien.
Comment by Jorge Atarama— diciembre 11, 2010 #
Para quien no “cumpla” con la SRI, mi sugerencia sería la misma que para cualquiera que intente frustrar los esfuerzos de un ladrón: darle su propio programa de TV.
Comment by Endivio Roquefort I— diciembre 11, 2010 #